Artículos a ser votados en bloque de Estatutos de la Directiva RASTRO

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I. Normas Generales

  1. La Directiva RASTRO debe ser elegida por votación Universal Informada y Secreta.
  2. Todo miembro de la Directiva debe ser socio activo al momento de la elección y durante todo el período de ejercicio.
  3. Además como lo dispuesto en el artículo 5 de los Estatutos RASTRO Presidente y Vicepresidente RASTRO deben ser socios estudiantes al momento de la postulación.
  4. Si cualquier miembro de la Directiva RASTRO se retira de su cargo por cualquier motivo, su cargo será ocupado por la persona que haya obtenido la segunda mayoría en la elección respectiva.
    Si lo anterior no es aplicable se deberá llamar a una nueva elección para ocupar dicho cargo.
    Si la segunda mayoría en la elección mencionada anteriormente es compartida, se llamará a elección entre los socios empatados para llenar el cargo respectivo..
  5. Cualquier miembro de la Directiva RASTRO puede delegar sus funciones a otro miembro de la Directiva RASTRO.

II. Deberes y Derechos

Presidente RASTRO

  1. Dirigir y citar las Reuniones RASTRO.
  2. Voz oficial única y excluyente de la RASTRO hacia el exterior.
  3. Único autorizado para contraer obligaciones en nombre de la RASTRO.
  4. Responsable de la RASTRO entre las autoridades de la UdeC
  5. Será palabra decisoria en temas que creen controversia en la RASTRO no contempladas en reglamentos.
  6. Será el responsable del llamado, elección y traspaso de mando en los períodos estipulados según reglamento.
  7. Dictar reglamentos transitorios. No obstante éstos pueden ser impugnados por cualquier socio activo que cuente con 2/3 o más del total de socios activos.

Vicepresidente RASTRO

  1. Asumir funciones del Presidente RASTRO en caso que éste por cualquier circunstancia no pueda ejercer su cargo
  2. Será el Encargado Comunicacional de la RASTRO. Esto incluye difusión de Actividades y nombramiento del Webmaster, entre otras actividades.

Secretario RASTRO

  1. Debe tomar algunas notas de cada Reunión RASTRO:
  2. recibir y guardar para el archivo:
  3. Debe responder la correspondencia RASTRO.
  4. Realizar otras tareas relacionadas.

Tesorero RASTRO

  1. Debe por lo menos llevar registro del pago de cuotas u otras entradas individualizadas con nombre y número de socio (o RUT/ RUN si no es socio quien hace el pago) y fecha, además de entregar un recibo.
  2. Por cada socio debe llevar registro de las entradas, saldos y deudas.
  3. Debe dejar en claro si un socio está al día, a más tardar en la Reunión RASTRO inmediatamente posterior al cambio. El no hacer saber al Secretario del cambio de estado del socio antes de la Reunión RASTRO lo hace incurrir en una falta.

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Última modificación de este documento: 20000306 lunes por Rodrigo "Alley'Gator" Hunrichse.
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